4.3. LEGISLACIÓN
Acuerdos internacionales y regulación en México sobre el uso de los
OGMs
Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM)
En México, el Congreso de la Unión con el apoyo del Comité de
Biotecnología de la Academia Mexicana de Ciencias, en cumplimiento con
compromisos internacionales adquiridos, después de un proceso de consulta,
discusión y revisión que tuvo una duración de tres años, emitió la Ley de Bioseguridad de Organismos
Genéticamente Modificados (LBOGM). El objetivo es garantizar la protección de
la salud humana, del medio ambiente, la diversidad biológica y de la sanidad
animal, vegetal y acuícola, de actividades con OGMs. Entre los elementos que
contiene se encuentran:
n Definición de los principios
y política de bioseguridad -como la evaluación caso por caso y paso por paso,
con base en conocimiento científico;
n Determinación de competencias
de diferentes dependencias gubernamentales;
n Establecimiento de las bases
para el funcionamiento de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de
Organismos Genéticamente Modificados (CIBIOGEM);
n Establecimiento de regímenes
para el manejo de OGMs (permisos, avisos y autorizaciones),
n Bases para el establecimiento
del Sistema Nacional de Información sobre Bioseguridad y el Registro Nacional
de Bioseguridad de OGMs;
n Determinación de áreas
geográficas libres de OGMs.
n Definición de las bases para
establecimiento de Normas en materia de bioseguridad;
n Establecimiento de las
medidas de control y sanciones;
n Definición de los mecanismos
para la participación pública,
n Acceso a la información y la
participación social a través del Consejo Consultivo Mixto de la CIBIOGEM;
n Definición de instrumentos de
fomento a la investigación científica y tecnológica en materia de bioseguridad
y biotecnología, entre los más importantes.
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